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MEMORANDO
DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, POR EL CUAL
SE ORIENTAN ACCIONES ENCAMINADAS A PROMOVER EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DE LA REGIÓN FRONTERIZA COLOMBO - PANAMEÑA
"El
Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la
República de Panamá, en adelante denominados "Las
Partes", y
CONSIDERANDO
Que
de conformidad con el Comunicado Conjunto suscrito por los Presidentes
de los dos países en la capital panameña, el 11 de
marzo de 1992, se creó la Comisión de Vecindad Colombo-Panameña,
como instrumento bilateral adecuado para impulsar la integración
y el desarrollo de los dos países;
Que
las Partes unilateralmente han desarrollado propuestas encaminadas
a promover el Desarrollo Sostenible de la Región Fronteriza
Colombo-Panameña dentro de sus respectivos territorios;
Que
es de interés del Gobierno de la República de Colombia
y del Gobierno de la República de Panamá, adelantar
acciones encaminadas a promover el desarrollo sostenible de la Región
Fronteriza Colombo-Panameña; y
Teniendo
en cuenta el Convenio de Cooperación Técnica y Científica,
suscrito entre las Partes el 7 de mayo de 1981, instrumento actualmente
vigente, convienen en celebrar el presente Memorando de Entendimiento
de conformidad con las directrices contenidas en los siguientes
artículos:
CAPITULO
I
MARCO
DE REFERENCIA
Artículo
1. La Comisión de Vecindad Colombo-Panameña, mecanismo
válido para el fortalecimiento y desarrollo de las relaciones
bilaterales, contempla dentro de sus objetivos básicos la
protección y preservación de áreas fronterizas,
propósito que demanda la realización de programas
y proyectos de desarrollo conjunto que respondan a las condiciones
y particularidades de la región fronteriza.
Artículo
2. La Región Fronteriza, por sus características y
condiciones geopolíticas específicas, presenta un
entorno favorable para la realización de acciones concertadas
con visión de integración Binacional, para cuyo efecto
las Partes expresan la voluntad de trabajar de manera conjunta en
la definición de un programa de Desarrollo Sostenible en
la Región Fronteriza Colombo-Panameña.
Artículo 3. Ámbito de Aplicación
Las
acciones a las que se refiere el presente memorando de entendimiento
se realizarán en la Región Fronteriza Colombo-Panameña,
que comprende para Colombia los municipios de Acandí, Juradó,
Riosucio y Ungía en el departamento del Chocó, y para
Panamá las comarcas Kuna Yala y Emberá Wounaan Área
Número 1, y los distritos de Chepigana y Pinogana.
CAPITULO
II
OBJETIVOS
Artículo
4. Objetivo General
Mejorar
la calidad de vida de los habitantes de la Región Fronteriza
Colombo-Panameña de manera compatible con la sostenibilidad
de los recursos naturales.
Artículo
5. Objetivos Específicos
Establecer
un ordenamiento territorial participativo que permita establecer
las bases para la regulación de los usos de los recursos
naturales con criterios de sostenibilidad.
Fortalecer
la capacidad de gestión de las entidades responsables, a
través de una concertación institucional adecuada
para la región, que incluya a los sectores público,
privado y comunitario.
Mejorar
el acceso efectivo de la población a los servicios básicos
insatisfechos de salud, educación, agua potable y saneamiento,
energía, telecomunicaciones y servicios complementarios,
entre otros.
Generar
concertadamente un cambio en los modelos existentes de producción
y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su
sostenibilidad y eficiencia, además de promover la diversificación
de la economía local.
CAPITULO
III
IMPLEMENTACIÓN
Artículo
6. Para la ejecución de los programas y proyectos a que se
refiere el presente instrumento y para el logro de sus objetivos
propuestos, las Partes, en el marco de la reunión plenaria
de la Comisión de Vecindad Colombo-Panameña, previa
recomendación de la misma, aprobarán la suscripción
de los acuerdos a los que haya lugar.
CAPITULO
IV
ESQUEMA
DE TRABAJO
Artículo
7. Esquema de trabajo conjunto
Para
llevar a cabo el programa binacional, las Partes realizarán
un intercambio de información a partir de la suscripción
del presente instrumento, debiendo concluir el proceso a más
tardar el 1 de marzo de 2003, fecha en la cual deberá estar
identificado el estado de avance de cada propuesta, para proseguir
con la definición del programa conjunto el cual deberá
presentarse durante el segundo trimestre de 2003.
Las
Partes, mediante canje de notas, establecerán el grupo técnico
de trabajo, el cual realizará las reuniones bilaterales necesarias
para definir la propuesta conjunta que se presentará a consideración
de la plenaria de la X Reunión de la Comisión de Vecindad
Colombo-Panameña, la cual, de conformidad con lo estipulado
en el artículo 6 del presente Memorando de Entendimiento,
recomendará a los dos gobiernos la adopción de los
acuerdos necesarios.
CAPITULO
V
VIGENCIA
Y TERMINACIÓN
Artículo
8. Vigencia.
El
presente Memorando de Entendimiento entrará en vigencia a
partir de la fecha de su suscripción.
Artículo
9. Terminación.
El
presente memorando podrá darse por terminado, previa notificación
escrita de una de las Partes, la cual surtirá efecto 6 meses
después contados a partir de la fecha de su recibo. En todo
caso, su terminación no afectará los programas o proyectos
que se encuentran en ejecución, los cuales seguirán
desarrollándose hasta su terminación.
En
testimonio de la cual se firma el presente instrumento, en la ciudad
de Bogotá a los dieciocho (18) mes de diciembre de dos mil
dos (2002), en dos ejemplares, siendo ambos textos igualmente auténticos".
Por
la República de Colombia: Carolina Barco, Ministra de Relaciones
Exteriores
Por la República de Panamá: José Miguel Alemán,
Ministro de Relaciones Exteriores
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